28/08/2026
El sindicato de supervisores metalúrgicos alcanzó un acuerdo con las cámaras empresarias para el período abril 2026-marzo 2027. El convenio contempla incrementos escalonados, una compensación retroactiva de $258.300 y adicionales no remunerativos mensuales.
La Asociación de Supervisores de la Industria Metalmecánica de la República Argentina (ASIMRA) cerró el acuerdo paritario correspondiente al período comprendido entre el 1° de abril de 2026 y el 31 de marzo de 2027, con un esquema de actualización gradual de los salarios básicos y el pago de sumas extraordinarias.
El entendimiento fue alcanzado con las principales cámaras empresarias de la actividad: ADIMRA, AFARTE, CAIAMA, FEDEHOGAR, AFAC y CAMIMA.
El acuerdo establece como referencia la categoría de Supervisor de Fábrica de Primera, correspondiente a la Rama 16. Los nuevos valores del salario básico se aplicarán de manera progresiva durante la vigencia del convenio:
Además, las partes establecieron que el próximo período paritario tendrá como base un salario de referencia de $1.374.358 a partir del 1° de abril de 2027.
Los valores funcionarán como referencia para las distintas categorías comprendidas en los convenios colectivos que se encuentran bajo la órbita de ASIMRA.

El acuerdo también incorpora una suma extraordinaria destinada a compensar el período comprendido entre abril y julio de 2026.
Se trata de un monto no remunerativo de $258.300, que será abonado en tres cuotas consecutivas de $86.100 junto con las liquidaciones correspondientes a agosto, septiembre y octubre.
La compensación estará vinculada al tiempo efectivamente trabajado durante los cuatro primeros meses de la paritaria. Quienes hayan trabajado durante todo el período percibirán el monto completo, mientras que para trabajadores con jornadas parciales o determinadas licencias pagas se aplicará la correspondiente proporcionalidad.
Además de los incrementos sobre los básicos, el convenio contempla una gratificación extraordinaria mensual para supervisores e inspectores fabriles.
El cronograma acordado es el siguiente:
Las sumas tendrán carácter no remunerativo y estarán exceptuadas de cargas de seguridad social. Sin embargo, serán consideradas para calcular el Sueldo Anual Complementario (SAC) y se incorporarán progresivamente a las escalas salariales según lo establecido en el convenio.
Sobre estos montos deberán realizarse los aportes correspondientes a la obra social y a la organización sindical.
Finalmente, las partes acordaron volver a reunirse a partir del 15 de febrero de 2027 para evaluar la evolución de la inflación y el nivel de actividad de la industria metalmecánica.
La instancia de revisión tendrá lugar antes del vencimiento del acuerdo y permitirá analizar si las condiciones económicas requieren algún ajuste en la pauta salarial establecida.
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