10/05/2024

En movilización

Duro revés judicial para DOTA

Un juez salió a contradecir la postura de DOTA por considerar inconstitucional el capitulo laboral del DNU.

El juez nacional de Primera Instancia, a cargo del Juzgado del Trabajo Nro. 69, José Ignacio Ramonet, sostuvo que el capítulo laboral del DNU 70/2023 es inconstitucional , por lo tanto las empresas de colectivos no están obligadas a ofrecer el 50% de sus servicios por el paro general

La visión de DOTA

La polémica surge porque la empresa DOTA se ciñó al artículo 97 del Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) 70/23, el cual dictamina que el transporte terrestre es un servicio trascendental aunque no esencial. En medio de una negociación por los subsidios al transporte, DOTA optó por prestar sus servicios habituales y anunció multas para aquellos choferes que no se presentaran a trabajar el 9 de mayo. La empresa se apegó al DNU 70/23, que se encuentra judicializado y pendiente de una resolución de la Corte Suprema, en un desafío al sindicato de colectiveros liderado por Roberto Fernández.

LEER MAS www.elmovimiento.ar/2024/05/08/marcelo-pariente-va-a-ser-un-paro-contundente-y-no-se-va-a-mover-nada--como-dice-el-companero-pablo-moyano

Ademas, La ministra de Seguridad, Patricia Bullrich, respaldó a la empresa y sus choferes, exhortando a que salgan a trabajar y destacando la importancia de mantener el transporte en funcionamiento

La respuesta del Juez

El juez Ramonet en cambio señaló "el derecho de huelga es uno de los derechos fundamentales de los trabajadores /as que pueden ejercer con independencia de sus organizaciones, pues constituye un medio legítimo de defensa de sus intereses económicos, sociales y profesionales"

Poniendo asi en jaque a la estrategia de DOTA en su feroz interna con la UTA.

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