21/12/2023

La voz de los trabajadores

¿Cómo destruyó el DNU de Milei a la ley de contrato de trabajo?

EL DNU que Milei y Federico Sturzenegger lanzaron este miércoles por la noche modifica en numerosos puntos la ley de contrato de trabajo 20.744 flexibilizando y afectando cientos de derechos laborales adquiridos. Aqui repasamos varios de esos puntos entre los cuales el derecho a huelga queda casi eliminado.

El DNU que Javier Milei junto a Federico Sturzenegger que se conoció el miércoles por la noche en cadena nacional aun sigue generando controversias y es analizado por la inmensa cantidad de leyes que modifica de un plumazo dejando de lado al Congreso Nacional. Según el propio Milei son unas 300 reformas tendientes a desregularizar la economía.

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Entre todas esas leyes que reforma esta sin dudas la ley de contrato de trabajo 20.744, es una de las más importantes. Sobre la misma se modifican al menos unas 11 leyes.

Por un lado las indemenizaciones pasan a tener un regimen similar al de la UOCRA ysu fondo de cese laboral ya que «Mediante convenio colectivo de trabajo, las partes podrán sustituir el presente régimen indemnizatorio por un fondo o sistema de cese laboral cuyo costo estará siempre a cargo del empleador, con un aporte mensual que no podrá ser superior al OCHO POR CIENTO (8%) de la remuneración computable».

Otro punto que flexibiliza a un mas la normativa vigente es que extiende el período de prueba de tres a ocho meses dentro de los cuales «Cualquiera de las partes podrá extinguir la relación durante ese lapso sin expresión de causa, sin derecho a indemnización con motivo de la extinción, pero con obligación de preavisar"

Derecho a Huelga: Afuera

Pero además, Modifica el artículo 242,dejando el derecho a huelga en coma ya que pasa a ser justa causa de despido. Además, modifica el art 277, con lo cual la empresa condenada en juicio laboral puede pagar la indemnización en doce cuotas.

En este sentido además, el at 97 del decreto modifica el artículo 24 de la ley de régimen laboral Nº 25877, determinando servicios esenciales a trabajadores docentes, telefónicos, portuarios, de dragado y balizamiento con lo cual les quita la opción del derecho a huelga.

También modifica el art 245 bis dando lugar a que la empresa pueda despedir "por motivos de etnia, raza, nacionalidad, sexo, identidad de género, orientación sexual, religión, ideología, u opinión política o gremial" y el artículo 23, por el que se termina la presunción de existencia de contrato de trabajo cuando se emiten facturas como "monotributistas"

Para terminar, cabe mencionar que se flexibilizan la jornada laboral vía negociación colectiva y el único límite de 12 horas de descanso entre jornada y jornada .

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