14/07/2026

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La Justicia suspendió dos artículos de la reforma laboral para Comercio y se amplían los amparos sindicales

La Justicia Federal volvió a dictar una medida cautelar contra aspectos de la Ley de Modernización Laboral. En esta oportunidad, el beneficio alcanzó a la Federación Argentina de Empleados de Comercio y Servicios (FAECyS), que obtuvo la suspensión provisoria de dos artículos de la norma mientras se resuelve el fondo de la causa. La resolución mantiene la vigencia de cláusulas de los convenios colectivos del sector y del aporte solidario sindical.

¿Qué resolvió la Justicia sobre la reforma laboral y Comercio?

La medida fue dictada por el Juzgado Federal en lo Civil y Comercial y Contencioso Administrativo de San Martín N.º 2, en el marco del expediente iniciado por el Sindicato de Empleados de Comercio de San Martín contra el Estado Nacional.

El fallo ordenó que, mientras esté vigente la cautelar, el Gobierno nacional se abstenga de aplicar determinadas disposiciones de la Ley 27.802 de Modernización Laboral sobre las relaciones laborales comprendidas en los convenios de Comercio.

Como consecuencia, continúan vigentes las cláusulas de los convenios colectivos 130/75, 547/08 y 781/20, incluyendo la denominada ultraactividad -que mantiene la vigencia de un convenio hasta que sea reemplazado por otro- y el aporte solidario previsto para el sindicato.

Además, la Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo, dependiente del Ministerio de Capital Humano, notificó a las partes que el porcentaje correspondiente al aporte solidario seguirá aplicándose mientras permanezca vigente la medida cautelar.

La medida cautelar mantiene vigentes cláusulas de los convenios colectivos de Comercio y el aporte solidario sindical.

Camioneros y el Sindicato del Vidrio también obtuvieron fallos favorables

La resolución para Comercio se suma a otras decisiones judiciales recientes que beneficiaron a distintos gremios.

En el caso de Camioneros, la Justicia suspendió cautelarmente artículos de la Ley de Modernización Laboral y de su decreto reglamentario vinculados con el financiamiento de beneficios establecidos en el convenio colectivo del sector. La decisión alcanzó prestaciones como subsidios, capacitación, programas sociales y otros beneficios para los trabajadores.

Por otra parte, el Sindicato de Empleados de la Industria del Vidrio obtuvo una medida cautelar que ordenó mantener vigentes dos cláusulas de su convenio colectivo relacionadas con contribuciones destinadas a servicios sociales, capacitación, ayuda escolar, turismo y otras prestaciones.

¿Qué implica esta serie de amparos contra la reforma laboral?

Los fallos no suspenden la aplicación general de la reforma laboral, sino que tienen efectos sobre los sectores alcanzados por cada medida cautelar.

Sin embargo, estas resoluciones muestran una estrategia judicial impulsada por distintos sindicatos para cuestionar aspectos específicos de la legislación aprobada, especialmente aquellos vinculados con la vigencia de los convenios colectivos y el financiamiento de prestaciones sindicales.

Mientras tanto, otras presentaciones similares continúan tramitándose en distintos juzgados del país.

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