26/09/2024

La voz de los trabajadores

La Reforma laboral de Milei ya es oficial

EL gobierno ya tiene su polémica reforma laboral vigente. Todos Los detalles en la nota

Este jueves, el Gobierno argentino dio a conocer la reglamentación de la reforma laboral a través del decreto 847/2024, publicado en el Boletín Oficial. La nueva normativa busca facilitar la regularización de empleados, promover la contratación de trabajadores independientes y establecer alternativas para el cese laboral, con el objetivo de generar más oportunidades para el empleo registrado en el sector privado.

Principales características

Entre las medidas más destacadas se encuentra un blanqueo que permite la condonación de hasta el 90% de la deuda por aportes y contribuciones patronales para micro y pequeñas empresas, y del 70% para el resto. Esta herramienta es vista como clave para combatir el elevado nivel de informalidad en el mercado laboral. Además, se prevé la baja del Registro de Empleadores con Sanciones Laborales (REPSAL) y el reconocimiento de hasta 60 meses de servicio a los trabajadores para el mínimo requerido en el sistema jubilatorio.

Cabe mencionar que la nueva reglamentación sobre cese laboral establece que este mecanismo podrá ser acordado de mutuo acuerdo entre trabajadores y empresarios, garantizando la libertad de las partes. Las opciones incluyen tres formatos: el Sistema de Cancelación Individual, el Sistema de Fondo de Cese, y el Sistema de Seguro de Cese. Este enfoque busca reemplazar la indemnización actual, promoviendo acuerdos más flexibles.

"De esta manera, para los trabajadores independientes, se implementará un nuevo régimen bajo el monotributo. Además, se permite a los trabajadores independientes contar con hasta tres colaboradores, siempre que estos estén inscriptosexternoos en el régimen general de impuestos.Y Además No se podrá limitar ni restringir la posibilidad de que el trabajador colaborador realice actividades de forma simultánea.


En términos de simplificación laboral, la nueva normativa facilitará la registración laboral, considerando que un contrato de trabajo registrado es aquel en el que el trabajador está inscripto en los sistemas de la AFIP, independientemente de quién lo registre. Además, la ley invierte la presunción de contrato de trabajo para las contrataciones de obras o servicios profesionales, evitando que se considere automáticamente que existe una relación de dependencia.

Asimismo, otras modificaciones incluyen la extensión del período de prueba de tres a seis meses, con la posibilidad de ampliarlo hasta un año mediante convenios colectivos, así como cambios en la licencia por maternidad, que ahora establece un mínimo de 10 días antes del parto, en lugar de 30.

La reforma también generó controversia. La CGT expresó su preocupación por disposiciones que habilitan despidos en casos de bloqueos a las empresas, lo que podría ser considerado como una causal de extinción del contrato de trabajo. A pesar de las propuestas de los sindicatos para agregar instancias judiciales previas al despido, el Gobierno mantiene la redacción original de la norma.

COMPARTE TU OPINION | DEJANOS UN COMENTARIO

Los comentarios publicados son de exclusiva responsabilidad de sus autores y las consecuencias derivadas de ellos pueden ser pasibles de sanciones legales.

En movilización

La voz de los trabajadores

La voz de los trabajadores

La voz de los trabajadores

Fuerte descargo de aeronauticos contra Bullrich "está pasada de copas de vino y sale a decir cualquier cosa"

8 de noviembre de 2024

Subscribite para recibir todas nuestras novedades